Tengo una duda respecto al Informe Anual de una empresa con transporte de explosivos Clase 1.
Sólo deben incluirse los datos de las cartas de porte que excedan del 1.1.3.6?, las que no exceden no se deben incluir para el informe?.
Las cantidades a sumar son, según el ADR la materia reglamentada, por lo que se entiende que es la suma de materia pirotécnia+materia explosiva, es correcto?.
La otra duda es referente a una denuncia que me han puesto por no llevar anclada la placa delantera del vehículo para evitar que caiga en caso de vuelco, esto según me dijeron es una novedad del ADR 2009, de qué punto?, sabéis qué sanción pueden aplicarme?.
Gracias